Una de las mociones presentadas por el Directorio de la FDN, está relacionada con el Rodeo para Criadores, hoy le entregamos la primera parte de ello.
RODEOS PARA CRIADORES
Las normas de estos Rodeos son las siguientes (2017) (2018) (2019):
a. Rodeo en series libres, de Primera Categoría.
b. El máximo de Rodeos para Criadores que podrá efectuarse en la Temporada es
de veinte en todo el país. Cada Asociación podrá organizar un máximo de dos
rodeos por temporada. Si se quisiese superar este máximo se deberá contar con la
aprobación del Directorio.
c. Se realizarán en cuatro o cinco Series Libres, según lo determine el respectivo
Club o Asociación, dependiendo de la disponibilidad de ganado. Estas series
entregarán un punto a la collera ganadora (2014).-
d. Pueden participar el dueño del Criadero, sus hermanos (as), sus ascendientes y
descendientes consanguíneos, directos e indirectos hasta el segundo grado
(sobrinos). También podrá participar el yerno o nuera como pariente por afinidad y
el conyugue del dueño (a) del Criadero. (2012)
e. En todos estos casos, se requerirá la autorización del dueño del Criadero, y la
participación podrá ser con un jinete a su elección.
f. Se pueden juntar dos Criaderos para participar, actuando en representación de
cada uno de éstos como jinete, el dueño y/o los señalados en la letra “d” anterior;
El criador que hubiese adquirido un criadero, sólo podrá participar en esta categoría
de rodeos en aquellas crías nacidas con posterioridad a la fecha de la transferencia
de este. (2013)
Dicha limitación no se aplicará cuando se trate de la transferencia o cesión las
colleras que cumplan con los requisitos antes mencionados.
j. No será considerado válido para cumplir con el requisito de realizar un Rodeo por
Club al año.
k. El plazo para que las colleras participantes avisen su participación al organizador
del Rodeo será de 3 días antes del Rodeo.
l. Para que este Rodeo sea válido, deberán participar como mínimo dos las
colleras que cumplan con los requisitos antes mencionados.
j. No será considerado válido para cumplir con el requisito de realizar un Rodeo por
Club al año.
k. El plazo para que las colleras participantes avisen su participación al organizador
del Rodeo será de 3 días antes del Rodeo.
l. Para que este Rodeo sea válido, deberán participar como mínimo dos de un
criadero como universalidad jurídica o de uno o más caballares del mismo y el
adquirente sea alguno de los autorizados a participar en la letra “d” precedente”.
g. Este tipo de Rodeo deberá ser solicitado por un Club o Asociación afiliada a la
Federación del Rodeo Chileno, de la zona geográfica correspondiente a la
medialuna sede.
h. La Asociación organizadora podrá utilizar el reglamento de los rodeos
Interasociaciones en lo que respecta a la asignación de cupos a los cuales tiene
derecho cada Asociación que participe. Esta opción deberá ser claramente indicada
al momento de inscribir el rodeo en la Federación. Bajo esta modalidad podrán
cursarse 8 invitaciones a colleras que cumplan los requisitos de participación en los
Rodeos de Criadores.(2013).
- Del Club o Asociación organizadora, podrán participar solamente las colleras que cumplan con los requisitos antes mencionados.
- No será considerado válido para cumplir con el requisito de realizar un rodeo un Rodeo por club al año.
- El Plazo para que las colleras participantes avisen su participación al organizador será de 3 días antes del rodeo.
- Para que este Rodeo sea válido, deberán participar como mínimo 2 Asociaciones, de lo contrario el Rodeo queda nulo.